Antes de que se inicie un transporte de mercancías en México, recuerda que debe de emitirse un CFDI de traslado o ingreso.
De acuerdo al código fiscal de la federación bajo la regla 2.7.1.9. se estipula “que los propietarios de mercancías, podrán acreditar el transporte de las mismas cuando se trasladen en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial, únicamente mediante la representación, impresa o en formato digital, del CFDI” al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, que para tales efectos se publique en el Portal del SAT.
Los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga, deberán expedir un CFDI de tipo ingreso, el cual amparará la prestación de este tipo de servicio y con el mismo podrán acreditar el transporte de las mercancías con su representación, impresa o en formato digital , al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, que para tales efectos se publique en el Portal del SAT, mismo que únicamente servirá para acreditar el transporte de mercancías.
Siendo propietario de tu mercancia y transporte o si eres transportista.
Captura y timbra tu CFDI de tipo ingreso o traslado de manera sencilla y al instante.
Generas varios traslados en un día y tu operación no te permite el tiempo necesario para cumplir con la emisión de los CFDI de complemento.
Te apoyamos a realizar una interfaz que agilizara el llenado de tus complementos carta porte tanto para el propietario de mercancías como el transportista.
Si eres propietario de tu mercancía y contratas servicio transporte.
Registra a tu transportista(s) para que pueda realizarte el timbrado correspondiente con su complemento carta porte.
Interfaz automática con sistema de comercio exterior
I-Xport.
Si usted cuenta con I-Xport como su sistema de control de inventarios (Anexo 24), una interfaz alimentará la plataforma para que siempre mantenga actualizados los registros de sus facturas disponibles para timbrar.